Dicha reforma modificará en gran medida diferentes derechos de los extranjeros que están en España, por un lado permitiendo el derecho a asociación, reunión, sindicación, a aquellos extranjeros en situación irregular, esto se producirá como consecuencia de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (Sentencia 236/2007, de 7 de noviembre de 2007, BOE 10/12/2007), que anulaba algunos artículos de la Ley hoy todavía en vigor.
También se producen modificaciones en diferentes procedimientos, que más adelante tendremos más información, pero de momento cuestiones que interesan mencionar son:
- en el ámbito de la REAGRUPACIÓN FAMILIAR, lo positivo es que se incluyen las parejas de hecho, como familia a reagrupar, es decir, las parejas casadas, las no casadas, sus hijos y sus padres. los cónyuges e hijos tendrán directamente permiso de trabajo, pero no los padres, y también, lo negativo, será que necesitarán ser residentes de larga duración, es decir, llevar 5 años en España para reagrupar a su familia, también indica que serán mas difícil las reagrpuaciones familiares en general y sobretodo las de los padres(ascendientes).
- en la concesión de AUTORIZACIONES DE TRABAJO Y RESIDENCIA, comprobarán que la empresa/empleador que hace la oferta al trabajador realmente le contrata, ajustarán las ocupaciones o trabajos que vienen a ocupar dichos trabajadores, parece que todos los permisos iniciales serán limitados a un ámbito geográfico y de actividad y establece nuevas infracciones por contratar a trabajadores sin autorización para trabajar.
- en lo que respecta a la ENTRADA Y SALIDA, se registrarán entradas y salidas de España a los efectos de poder conocer tiempos de estancia fuera de España a los efectos de renovar autorizaciones u obtener autorizaciones permanentes.
- se tratará de evitar lo denominado como "sobreempadronamiento" y la compra o venta de empadronamientos.
- se podrá sancionar el MATRIMONIO EN FRAUDE esto es, a través de contraprestación económica.
- se propone un aumento de las SANCIONES ECONÓMICAS, las leves suben de 300 euros a 500 euros, las graves hasta 10.000 euros, y las muy graves se lanzan de 60.000 hasta 100.000 euros.
- se permitirá la repatriación de MENORES NO ACOMPAÑADOS, aunque la vuelta al país de origen, no conlleve que viva con su familia, sino con los servicios de protección de menores del país de origen.
Como veis una modificación importante, en próximas fechas iremos sabiendo más, pero por el momento NO se plantean PROCESOS EXTRAORDINARIOS DE REGULARIZACIÓN