Durante los 60 días naturales previos a fecha de validez de la tarjeta, puede presentarse durante los 3 meses posteriores, pudiendo en este caso ser sancionados con multas de hasta 300 euros.
Lugar de presentación:
O en oficinas de correos dirigiendo el envío a:
Área de trabajo y Asuntos Sociales
c/ serrano, 69
Sección de renovaciones
28006.- Madrid
O en cualquier registro de los previstos en el Art. 38.4 de la L30/1992, de 26 de noviembre.
Por ejemplo:
c/ garcia de paredes 65.
c/ Rafael calvo 33
…
Las direcciones pueden variar con el tiempo, por ello sería conveniente que consultarás en: Oficinas y Direcciones.
Documentación que debe presentarse:
1. Si se continúa con la relación laboral que dio origen a la autorización
• Solicitud cumplimentada y firmada por el trabajador (modelo ex01).
2. Sino se continúa con la relación laboral que dio origen a la autorización, y se acredita actividad al menos de 6 meses por año.
• Solicitud cumplimentada y firmada por el trabajador (modelo ex01).
• Contrato de trabajo u oferta de empleo con nuevo empleador.
3. Si no se continúa con la relación laboral que dio origen a la autorización, y se acredita actividad laboral de al menos 3 meses por año.
• Solicitud cumplimentada y firmada por el trabajador (modelo ex01).
• Fotocopia del contrato de trabajo en vigor
• Documento que acredite que el cese en la relación laboral origen de la autorización se produjo por causas ajenas a su voluntad.
• Acreditación de los periodos de inscripción como demandantes de empleo desde la fecha de la pérdida de la ocupación.
• Justificación de haber participado en programas de inserción sociolaboral de entidades públicas o privadas subvencionadas.
4. Si se encuentra percibiendo una prestación económica.
Solicitud cumplimentada y firmada por el trabajador. (modelo ex01).
• Documentación que acredite la prestación que está percibiendo.
• Fotocopia de la tarjeta de demandante de empleo
5. si tu marido o mujer trabaja y tu no cumples ninguno de los requisitos para renovar (del 1 al 4)
nie y certificado de matrimonio legalizado
declaracion de la renta, nóminas y contrato de tu cónyuge.
Nota Informativa:
-La presentación de su solicitud de renovación otorga validez a la autorización de trabajo y residencia anterior hasta que se produzca la resolución del procedimiento.
-Trascurridos 3 meses desde que la solicitud de renovación llegó al órgano competente, sin que haya contestación, se presume que dicha renovación está concedida.
Para ver el estado de su renovación debe entrar en la página Web: wwvv.mpt.es
La residencia renovada es por 2 años, la cual permite trabajar y residir en cualquier parte de España y en cualquier actividad, siempre como empleado o trabajador
Si llevas más de 5 años con residencia o vas a cumplir 5 años, entonces debes renovar en el mismo plazo solicitando AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA PERMANENTE (actualmente llamada RESIDENCIA DE LARGA DURACION).
Revisado Marzo 2011