11 enero 2009

COMUNITARIOS


Se entienden por COMUNITARIOS como aquellos miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, y que tienen un tratamiento diferenciado en la Legislación de extranjeria española.

Los países que lo forman son:

Unión Europea
Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumania y Suecia

Espacio Económico Europeo
Noruega, Islandia y Liechtenstein

Y la Confederación Suiza


Derechos:
Entrar y salir, establecer su residencia, trabajar por cuenta ajena o propia y el derecho al voto en elecciones municipales

Obligaciones:

Las mismas que cualquier español/a, y además;
Si van a residir más de 3 meses deberán solicitar su inscripción en el registro ciudadanos de la Unión, le emitirán un certificado acreditando dicha inscripción, en el cual, entre otros datos aparecerá un NIE (número de identidad de extranjero) con el cual podrá identificarse

Cómo solicitar el Certificado de inscripción como ciudadano de la Unión:

A. Documentación a presentar:

- Modelo de solicitud ex16
- Pasaporte en vigor
- Justificante del pago de tasa

B. Lugar de presentación:

Dirección: Plaza del Campillo del Mundo Nuevo nº 328005 - Madrid (Madrid)
cita previa al 902 56 57 01 Horario: De lunes a viernes de 9.00 a 18.00

Las direcciones pueden variar con el tiempo, por ello sería conveniente que consultarás en: Oficinas y Direcciones.


Situación de los familiares:

- Si los familiares son también de la Unión Europea, habrá que solicitar el certificado de registro como ciudadano de la Unión.

- Si los familiares no son de la Unión Europea, habrá que solicitar la Tarjeta de Residencia como Familiar de Comunitario.